La Agencia Española de Protección de Datos crea el Canal Prioritario para denunciar delitos por internet

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La Agencia Española de Protección de Datos crea el Canal Prioritario para denunciar delitos por internet

El Canal Prioritario es una herramienta creada por la AEPD para comunicar la existencia de fotografías, vídeos o audios de contenido sexual o violento que circulen por internet sin el consentimiento de las personas afectadas. Pueden recurrir al mismo tanto las víctimas como la ciudadanía en general cuando tengan conocimiento de la situación ilícita.

Este canal está habilitado para aquellos casos en los que el contenido difundido genere situaciones excepcionalmente delicadas, poniendo en alto riesgo los derechos y libertades de la persona perjudicada, y no se haya logrado su retirada a través de los medios especialmente previstos por el prestador de los servicios. El objetivo, en todo caso, es evitar o frenar la difusión masiva del contenido sexual o violento.

Para que pueda iniciarse la tramitación de la reclamación será necesario aportar al canal toda la documentación relevante que acredite la situación ilícita, debiendo describir detalladamente las circunstancias y los medios por los que se ha llevado a cabo la difusión. Asimismo, deberá indicarse si con anterioridad se han interpuesto las acciones pertinentes para denunciar los hechos, ya sea ante las autoridades administrativas o judiciales.

Es de vital importancia indicar si la persona afectada es víctima de violencia de género, abuso o agresión sexual o acoso, o si pertenece a cualquier colectivo especialmente vulnerable (minoría de edad, discapacidad o con enfermedad grave, o en riesgo de exclusión social).

Tras solicitar la retirada del contenido sexual o violento, la AEPD analizará la reclamación de forma prioritaria. De ser inapropiado, se ordenará a la plataforma en la que se encuentre que sea retirada inmediatamente la publicación, y de haber indicios de que se trate de un delito, se pondrá el caso en conocimiento de la Fiscalía.

Asimismo, al particular que haya difundido los contenidos sensibles a terceros se le podrá exigir responsabilidad en materia de protección de datos, responsabilidad penal, responsabilidad en el ámbito laboral y/o responsabilidad civil, según proceda.

Acceso al canal prioritario: https://www.aepd.es/canalprioritario/

 

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