El voto por correo se podrá solicitar hasta el 31 de octubre

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El voto por correo se podrá solicitar hasta el 31 de octubre

  • Los residentes en el extranjero a quienes les fue concedido el 28A no necesitan volver a solicitarlo.
  • 5.686 pinoseros y pinoseras están llamados a las urnas

Las próximas elecciones generales se celebrarán el 10 de noviembre, 5.686 pinoseros y pinoseras podrán ejercer su derecho al voto en los distintos colegios electorales que se habilitarán para la ocasión.

Además del voto presencial, también se podrá realizar el voto por correo, 5.510 pinoseros y pinoseras están en disposición de solicitar este voto, el 31 de octubre es la fecha límite para realizar la solicitud. Esta debe presentarse personalmente en cualquier oficina de correos a excepción de aquellas personas que sufran enfermedad o discapacidad acreditada que podrá presentar otra persona autorizada notarial o consularmente. Los interesados deben presentar el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales. Una vez solicitado el voto por correo, el elector no podrá votar de forma presencial. Una vez recibida la documentación, el voto podrá efectuarse hasta tres días antes de los comicios (6 de noviembre) en Correos.

Los electores residentes ausentes en el censo son 176, en este caso, el voto podrá ser solicitado hasta el 19 de octubre. Se trata de pinoseros o pinoseras que tienen su domicilio habitual en España pero no estarán en el país el día de las elecciones. Para poder ejecutar el voto deberán darse de alta como no residente, rellenar la solicitud de documentación electoral y enviarla a través de la oficina consular, una vez recibida la documentación puede remitir su voto también a través de la oficina consular.

Por último los residentes en el extranjero deben comprobar que están dados de alta en el consulado, si es así podrán solicitar el voto a través del impreso correspondiente. Estas personas si ya les fue concedido el voto en las elecciones del 28A no deberán volver a solicitarlo, de no ser así podrán hacerlo hasta el 19 de octubre. Una vez recibida la documentación podrán ejercer el voto o bien por correo remitiendo el voto a la oficina consular o votar en la urna que se habilita en la misma oficina del 4 al 6 de noviembre.

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