Seguridad ciudadana y Policía

El Cuerpo de Policía Local y la Agrupación local de voluntarios de Protección civil tienen como principal misión ayudar, proteger e informar a los ciudadan@s, de cara a conseguir el mejor clima de bienestar posible. Nos ocupamos de la mejora de la calidad de vida a través del desarrollo de nuestras competencias en materia de seguridad ciudadana, tráfico, policía administrativa, servicios asistenciales, educativos, etc.

En definitiva, prestar un servicio de proximidad y de servicio al ciudadano como medio de implicación en el entorno social para el cual trabajamos.

Estamos a su disposición las 24 horas del día para que nos hagan llegar sus demandas de servicio, sus sugerencias y sus quejas. No en vano es una máxima de la Jefatura de Policía Local considerar una queja como un regalo pues ello nos permitirá establecer, adecuar y considerar procedimientos de desarrollo del servicio.

La proximidad al ciudadano y la implicación policial con la sociedad es nuestra misión principal, tratándose siempre de satisfacer las necesidades de los vecinos en materia de seguridad, tanto en relación a la prevención como en la actuación rápida y de calidad en los casos de infortunio, accidente o calamidad.

Competencias

Nuestras funciones principales como cuerpo policial vienen reguladas en la Ley de FF.CC, Ley 2/1986 en donde se establece que los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:

  • Proteger a las autoridades de las Corporaciones Locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
  • Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
  • Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
  • Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
  • La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
  • Participar en las funciones de Policía Judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de la Ley de FF y CC de Seguridad.
  • Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
  • Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
  • Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.

Educación vial

La educación vial puede verse como parte de la educación social general, dado que persigue los objetivos de crear hábitos y actitudes positivas de convivencia, calidad de vida, respeto por el medioambiente y seguridad vial, siendo una eficaz base de actuación ciudadana.

En la sociedad actual, el fenómeno circulatorio, genera problemas además de ventajas y progreso, rapidez y comodidad y este el principal motivante de los accidentes de tráfico, siendo el factor humano su principal causante, tanto por causas provocadas por los conductores como por los viandantes o peatones.

Para afrontar este problema de salud pública, una de las líneas de actuación imprescindible es la educación en valores viales en los ciudadanos, un concepto que implica algo más que el puro conocimiento de normas y señales de circulación.

Como Policía Local desempeñamos una función muy importante con las tareas de vigilancia y control del tráfico en las vías urbanas. Pero nuestro papel no termina aquí, somos pieza clave en las labores de Educación Vial de los ciudadanos de nuestro municipio, ya que por ser una figura cercana, debemos ser un referente, especialmente en su etapa escolar.

En la actualidad se vienen realizando periódicamente campañas de Seguridad Vial en los Colegios Públicos de Santa Catalina y San Antón para todos los alumnos en etapa escolar, además se realizan campañas anuales en la escuela municipal de educación infantil y para el resto de la población en concordancia con las campañas establecidas por la Comisión de Seguridad Vial del Alto y Medio Vinalopó y de la Dirección General de Tráfico. Para estas labores se ha destinado un agente de la plantilla de Policía Local.

Imagen de educación vial
Imagen de educación vial
Imagen de educación vial

Depósito de vehículos

Documentos y requisitos necesarios para retirarlos de las dependencias policiales:

  • Ser Titular del vehículo
  • Documento que acredite la identidad (DNI/NIE/Tarjeta de Identidad/Pasaporte).
  • S.O.A en vigor.(Seguro del Vehículo).
  • Permiso de conducir en vigor
  • Permiso de circulación
  • Ficha técnica (Tarjeta ITV)
  • Pago de las tasas de grúa

Ordenanza fiscal reguladora de los derechos y tasas por la recogida e inmovilización de vehículos en la vía pública aprobado en el Boletín Oficial de la Provincia con fecha 14/02/2012.

  • Ciclomotores, motocicletas y similares: 40,00€
  • Vehículos turismo y furgonetas: 60,00€
  • Camiones, vehículos agrícolas, caravanas o similares con peso superior a 2000 kg : 100,00€
  • Desplazamiento de grúa (sin enganche) 50% de las tasa de cada categoría.

Horarios para la retirada de vehículos:

Durante las 24 horas, previa llamada al teléfono 656 978 412 (Patrullas) o al teléfono de Urgencias 092 (Central PL).-

Lugar: Polígono Industrial El Cabezo, calle Tres esquina a calle Siete.

Accidentes de tráfico

«Todos los accidentes pueden ser evitados, extrema tu precaución, te vá la vida en ello.»

Independientemente de la confección o no del parte amistoso europeo de accidentes por parte de los afectados, la Policía Local realiza un parte interno de actuación del que podrá obtener copia del mismo, previa solicitud por escrito en las dependencias de Policía Local, en el Ayuntamiento de Pinoso, debiendo abonar previamente la tasa correspondiente (18 €).

Debe de comunicar Vd, bien a su compañía de seguros o a la empresa de alquiler del vehiculo si fuera el caso, preferentemente antes de 48 horas a fin de poder tramitar la reclamación de daños por parte de las entidades aseguradoras.
Por regla general, solamente podrá abrirse la investigación judicial en el caso, de que se hayan producido lesiones y el propio accidentado denuncie los hechos. Esta denuncia deberá presentarse necesariamente antes de que hayan transcurridos 6 meses, desde el día del accidente en el Juzgado de Guardia, Fiscalía, Policía Local en el caso de vías urbanas o en la Guardia Civil en el caso de vías interurbanas. Las compañías de seguros, suelen prestar asesoramiento técnico y legal a sus asegurados para la reclamación de los daños y lesiones si fuera el caso.

Si considera que en su accidente intervinieron causas o deficiencias cuya responsabilidad fuera atribuible a alguna Administración Publica, podrá reclamar vía administrativa, mediante la presentación de la correspondiente instancia, en el plazo de 1 año, ante la Administración correspondiente.

Puntos de interés especial:

  • Debe de comunicar Vd. El siniestro a su compañía de seguros, preferentemente antes de 48 horas a fin de poder tramitar la reclamación de daños
  • Solamente podrá abrirse la investigación judicial en caso de lesiones y el propio accidentado denuncie los hechos. Esta denuncia deberá presentarse necesariamente antes de que hayan transcurridos 6 meses.
  • Podrá obtener copia del parte policial, previa solicitud por escrito y pago de tasas correspondientes.

Solicitudes de información

Para obtener información sobre un accidente de tráfico ocurrido en el casco urbano de Pinoso se tendrá que rellenar una solicitud de informe de la Policía Local con referencia al expediente instruido (previa consulta a esta Policía Local) matrícula de su vehículo, fecha y lugar del accidente.

Así mismo se tendrá que abonar una tasa de 18 euros que se podrá hacer efectiva en la por transferencia bancaria al nº de cuenta xxx del Banco Sabadell.

La información solicitada será enviada por FAX, correo postal, correo electrónico o entrega de copia al interesado.

  • Se deberá solicitar previamente información a esta Policía Local de la disponibilidad de informe y/o intervención sobre los hechos y se le facilitará el nº de expediente a indicar en la solicitud. (No se remiten copias de actuaciones de las que se haya dado cuenta a la Autoridad Judicial).
  • Remisión a esta Policía Local Vía Fax o email, la Solicitud con indicación expresa de NUMERO DE IDENTIFICACIÓN DEL SOLICITANTE Y NOMBRE, datos de contacto y Nº DE FAX o email, tanto para personas físicas como jurídicas, acompañado del documento acreditativo de transferencia bancaria al nº de cuenta indicado en la que constará el concepto y el número de expediente del que se abona la tasa.
  • Una vez recibida la solicitud se remitirá en un plazo máximo de 48 horas copia del informe solicitado.

Sanciones de tráfico

Denuncias por infracción de tráfico de ámbito municipal

El pago de las denuncias se podrán abonar en:

  • En las dependencias de la Policía Local:

Si se pagan en las dependencias de la Policía Local el importe tendrá que ser exacto y NO se admiten tarjetas de crédito.

Conformidad y pago de la multa con reducción 50% El importe de la multa fijada podrá hacerse efectivo con una reducción del 50% siempre que dicho pago se efectúe en el acto de la denuncia o durante los 20 días naturales siguientes a ésta notificación, de conformidad con el art. 74.3. de la LTSV.

  • En cualquier entidad bancaria concertada con SUMA Gestión Tributaria:

De abonar el importe de la multa con la reducción del 50%, se tendrá por concluido el procedimiento sancionador sin necesidad de dictar resolución expresa, con las siguientes consecuencias: la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, y la finalización de la vía administrativa, siendo recurrible únicamente ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se realice el pago.

Recursos/Alegaciones de denuncias:

Disconformidad con la denuncia. Alegaciones. De no haber pagado y estar en desacuerdo con la denuncia, dispondrá de un plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la notificación de ésta para formular alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes.

Se podrán presentar por escrito de alegaciones que, deberá ser registrado en el registro de entrada de este ayuntamiento, en las oficinas de Suma Gestión Tributaria o a través de las ventanillas únicas de la Comunidad Autónoma o cualquier organismo oficial con este trámite se renuncia al 50% de descuento.

Sanción y ejecución. Si el denunciado no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de 20 días naturales siguientes al de la notificación de la denuncia, ésta surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador. En este supuesto, la sanción podrá ejecutarse transcurridos treinta días naturales desde la notificación de la denuncia.

Puntos a detraer. Si efectúa el pago reducido de la multa, los puntos se detraerán al día siguiente del pago (art. 80 LSV). En otro caso, los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme (art. 88 LSV) Podrá consultar sus puntos en www.dgt.es.

Denuncias por infracción de tráfico de la jefatura provincial de tráfico:

Se pueden pagar por giro postal o efectivo en cualquier jefatura de tráfico. También se podrá presentar un escrito de alegaciones dirigido a la jefatura provincial de tráfico correspondiente al lugar de la infracción.

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